miércoles, 2 de marzo de 2011

REGIMEN COMUN

¿QUE ES EL REGIMEN COMUN?

Se considera responsable del impuesto a las ventas toda Persona natural o Persona jurídica que venda productos o preste servicios gravados con el Iva.

Son responsables del Impuesto a las ventas pertenecientes al régimen común, todas las personas jurídicas y aquellas personas naturales que no cumplan los requisitos para pertenecer el Régimen simplificado. Toda Persona jurídica por el solo hecho de ser jurídica pertenece al régimen común. Las personas naturales solo serán responsables del régimen común si no cumplen todos o uno de los requisitos que la norma establece para poder formar parte del Régimen simplificado.

REQUISITOS DEL REGIMEN COMUN




-Las personas naturales que vendan bienes o presten servicios gravados y que no cumplan cualquiera de los requisitos indicados para el régimen simplificado.

-Las personas naturales que celebren contratos de venta de bienes o de prestación de servicios gravados por cuantía individual y superior (al monto establecido para cada año).

-Las personas jurídicas

-Las sociedades de hecho

-Las empresas unipersonales

-Los consorcios y uniones temporales, cuando presten servicios gravados con el IVA.

OBLIGACIONES:
1. inscribirse en el RUT administrado por la DIAN.
2. llevar libros de contabilidad en debida forma.
3. registrar el impuesto a las ventas en la cuenta mayor denominada impuesto a las ventas por pagar.
4. expedir factura o documento equivalente y liquidar el impuesto correspondiente.
5. presentar la declaracion bimensual de ventas.
6. de acuerdo con su calidad de agente de retecion, efectuar le retencion del impuesto a las ventas.
7. informar a la DIAN sobre el sece de actividades.


DIFERENCIAS ENTRE EL REGIMEN SIMPLIFICADO Y EL REGIMEN COMUN.